En materia fiscal
En España, por ejemplo, la *Declaración de la Renta* es el trámite anual para informar a la Agencia Tributaria sobre los ingresos, gastos y deducciones del año anterior, con el fin de calcular y pagar (o recibir) el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (*IRPF*).
- Obligados a declarar: personas que superan ciertos ingresos anuales, tienen más de un pagador, perciben rentas del extranjero o realizan actividades económicas.
- Documentos habituales: certificados de retenciones, recibos de alquiler, justificantes de donaciones, datos de cuentas bancarias e inversiones.
- Plazo: normalmente entre abril y junio.
- Resultado: a ingresar (pagas) o a devolver (te reembolsan).
En arrendamientos
La *renta* es el pago periódico que un inquilino entrega a un arrendador por el uso de un inmueble, terreno, vehículo u otro bien.
- Se fija en el contrato de arrendamiento.
- Puede incluir o no gastos adicionales (mantenimiento, suministros).
- Está sujeta a normas legales (p. ej., actualizaciones según IPC, fianza).
En economía
La *renta* es el ingreso que recibe una persona o entidad por cualquier concepto:
- Renta del trabajo → salarios, honorarios.
- Renta del capital→ intereses, dividendos.
- Renta de bienes inmuebles→ alquileres.
- Renta mixta → ingresos de autónomos que combinan trabajo y capital.